Parlamentarios tienen 15 días para presentar su declaración de bienes
Diputados, senadores y parlasurianos que asumen funciones y abandonan sus bancas tienen tiempo hasta el 15 de julio para presentar ante la Contraloría General de la República sus respectivas declaraciones juradas de bienes.
El titular de Diputados, Miguel Cuevas (ANR, abdista), a la izquierda en primera fila, jura junto con sus colegas. Hasta el 15 de julio tienen tiempo para presentar declaración jurada.
De acuerdo con lo que establece el artículo 104 de la Constitución Nacional, los parlamentarios que asumieron una banca deben presentar su declaración jurada de bienes en un plazo de 15 días, a partir de la asunción al cargo. La misma obligación deben cumplir los que dejan el cargo legislativo o público.
La Ley 5033 “Que reglamenta el artículo 104 de la Constitución Nacional, de la declaración jurada de bienes y rentas, activos y pasivos de los funcionarios públicos, establece que las instituciones para proceder al pago del primer o el último salario, según el caso, correspondiente al cargo asumido o cesado, deberá exigir al funcionario la presentación de la constancia otorgada por la Contraloría, que acredite la presentación de la declaración de bienes y rentas, activos y pasivos correspondientes.
También se prevén sanciones para aquellos funcionarios públicos que no declaren sus bienes, previo sumario administrativo, que será reglamentado por la Contraloría.
El artículo 6° del capítulo de las sanciones menciona que el órgano contralor sancionará a quienes no presenten su declaración jurada dentro del término legal. Para este caso se aplicará una multa de 300 jornales mínimos (G. 24.375.600).
También se prevé cesantía, según el caso, e inhabilitación para ocupar cargos públicos sean como nombrados o contratados y de ser electos por elección popular por el término de 10 años.
También serán sancionados quienes no presentaren los documentos e información adicional requeridos por la Contraloría, dentro del plazo establecido. En este caso se aplicará una multa de 200 jornales mínimos (G. 16.250.400) y cesantía con inhabilitación para ocupar cargo públicos y cargos de elección popular por el término de cinco años.
Castigo a responsables
La ley que reglamenta la declaración jurada de bienes también establece un castigo a los ordenadores de gastos de las instituciones públicas obligadas por ley, en caso de incumplimiento. El contralor mediante una resolución fundada podrá sancionar a los funcionarios responsables de las instituciones que incumplan con la norma.
Para ello se aplica una multa de 500 jornales mínimos (G. 40.626.000) y cesantía e inhabilitación para ocupar un cargo público y electivo por el término de 10 años, según la gravedad de la falta.
Juicio político
Se reanudó el periodo y la acusación en contra del contralor Enrique García no fue remitida a Senadores, según se observa en el trámite legislativo electrónico.





