Pedro Juan Caballero - 27 de junio de 2026
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José Carlos Acevedo incumple Ley de aporte Municipal al Concejo Local de Salud

Publicado el 20/05/2019

Tras salir a luz, que el equipo de Rx del Hospital Regional de Pedro Juan Caballero se encuentra averiado y que algunos ciudadanos auto convocados están realizando una actividad para recaudar fondos y así aportar al consejo de salud, a fin de ayudar a reparar el equipo, muchos internautas y ciudadanos indignados


Sin embargo, el intendente no cuenta a la población en general que el incumple la ley 1.032/96 que dice claramente en su artículo 10º, inc. a, que los municipios deben transferir el 5% del presupuesto anual para el financiamiento del servicio de salud. Eso significa que,si el presupuesto anual del municipio de Pedro Juan Caballero que es de aproximadamente de 93.000.000.000 de guaraníes, la intendencia debe transferir el 5%que son 4.650.000.000 Gs divididos en 12 meses, dando la suma de 387.500.000 Gs por mes, que el municipio debería de transferir al Consejo Local de Salud.

Pues bien, ahora le paso el cuanto el intendente José Carlos Acevedo transfiere al consejo local de salud, la suma de 41.000.000 millones por mes, según los documentos con que cuenta el consejo de salud. Eso significa que hay una diferencia de -346.500.000 de guaraníes, o sea existe una malversación de fondos en la comuna, en lo que se refiere al aporte salud de 5%

La estrategia que el intendente utilizo para no transferir los 5% que corresponde al consejo de salud, que hubiera resuelto la mayoría de los problemas que enfrenta el hospital regional día a día es la siguiente: Supuestamente la Junta Municipal solo le presupuesto solo 500.000.000 millones al añoy que él no puede salir de su presupuesto. O sea, le quieren hacer creer a la población que lo que delibera la junta municipal es más importante que una ley.

Señores seguidores, saquen sus conclusiones con relación a lo expuesto y a continuación compartimos con ustedes los por menores de la ley y para que sirve.  

Desde el Ministerio de Salud Pública recuerdan que según la Ley 1032/96, los municipios tienen el compromiso de transferir a los Consejos Locales de Salud 5% de sus Fondos Genuinos, en el marco de la descentralización en Salud, lo que permite contribuir con la cobertura de gastos de funcionamiento de los Hospitales Regionales, Distritales, Centros y Puestos de Salud.

Cabe señalar que los Consejos de Salud pueden recibir recursos de otras fuentes de financiamiento, entre las que figuran:

•           Aporte Municipal (5% de sus ingresos corrientes, establecido en el Art. 10º, inc. a) Decreto 19.966/98, de la Ley 1.032/96.

•           Aporte de la Gobernación.

•           Aporte de otras instituciones u organizaciones.

•           Aportes de la comunidad, y recursos obtenidos de gerenciamientos realizados.

El Artículo 10º, Decreto 19.966/98, de la Ley 1032/96, expresa que el requisito para que la Municipalidad se integre al proceso es destinar el 5% del presupuesto anual municipal para el financiamiento del servicio de salud. También dispone la inclusión del servicio local del distrito dependiente del MSPyBS en el proceso, y la transferencia temporal de sus recursos financieros, económicos y físicos al gobierno municipal para gerenciar localmente, todo a través de la firma de un “Acuerdo de descentralización administrativa de salud”.

Con la promulgación de la Ley 1.032 y su reglamentación, se inició un proceso participativo de reforma del sector salud, con un modelo descentralizado de la gestión de los servicios de salud. En este contexto normativo, se promocionan los Sistemas Locales de Salud. Éstos conforman un espacio social democrático que asegura la representatividad de los intereses locales, mediante la participación de la población en una alianza de corresponsabilidad con el sector público local y central. Esta relación facilita el ejercicio de control social sobre las acciones públicas y desarrolla el compromiso de participar en la solución de los problemas, dejando de ser meros espectadores o beneficiarios clientelistas de la gestión pública.

Por FAVR
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