Pedro Juan Caballero - 30 de octubre de 2026
Interamericanas

Instan a Lugo a rechazar el pedido de no convocar a Cartes para jurar

Publicado el 22/06/2018

Senadores del movi­miento Honor Colo­rado pidieron al titu­lar del Congreso, Fernando Lugo, que rechace el pedido de aclaratoria planteado por el senador Eduardo Petta. Este había pedido que se excluya a Horacio Cartes del juramento de los senadores activos.


Monges, a la derecha, y Bogado, en primera lnea, son firmantes de la nota remitida a Lugo.

Conforme a la nota firmada por los senadores Juan Daro Monges, lder del sector oficialista, y su colega Vctor Bogado, el pedido planteado por el senador Petta que dejar el cargo de legislador el prximo 30 de junio es improcedente a raz de una serie de disposiciones estatutarias y legales.

Los legisladores colorados sealan que el reglamento interno de la Cmara Alta es precisamente el primero que se menciona, como ser el artculo 4 del mismo, que hace referencia a los senadores electos que fueron proclamados, y que debe ser entendida con base en el artculo 184 de la Constitucin Nacional, que dispone la conformacin de las cmaras del Congreso y el perodo parlamentario.

Asimismo, sostienen que el artculo 182 de la Carta Magna establece tambin la improcedencia del pedido de Petta, ya que la misma precepta que los miembros suplentes sustituirn a los titulares en caso de muerte, renuncia o inhabilidad de estos (...). En los dems casos, resolver el reglamento interno de cada cmara, seala parte del documento.

El argumento que esgrimen Monges y Bogado es que el actual mandatario no tiene un impedimento de inhabilidad, sino de incompatibilidad, que es un impedimento temporal, ya que fenece en el momento o que se acepte su renuncia o culmine su perodo presidencial el prximo 15 de agosto, sealan. En otra parte del escrito, mencionan que el nico rgano constitucional encargado de organizar, juzgar y realizar proclamaciones de las elecciones es el Tribunal Superior de Justicia Electoral y no lo puede realizar otro poder del Estado, as como lo dispone el Artculo 173 de la Constitucin Nacional.

Nota presentada por los senadores colorados Monges y Bogado.

FUente: lanacion.com.py
Buscador
Lo Ultimo