Pedro Juan Caballero - 5 de junio de 2026
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Impuesto inmobiliario sube por ley y lo cobran los municipios, aclara DNIT

Publicado el 28/12/2025

El director de la DNIT, Óscar Orué, salió a aclarar la situación tras el reajuste del 4,1% en los valores fiscales de los inmuebles que regirá para el impuesto inmobiliario en el 2026, y rechazó que se trate de una suba encubierta de impuestos del Gobierno nacional, tal como quieren instalar los opositores de manera me


A través de sus redes sociales, Óscar Orué respondió a las críticas que apuntaban a un supuesto incumplimiento de la promesa del presidente Santiago Peña de no aumentar impuestos. “Cuando el Presidente Peña hablaba de no aumentar impuestos se refería a impuestos nacionales”, aclaró.

El titular de la DNIT recordó que el impuesto inmobiliario es cobrado en un 100% por las municipalidades, es decir, por los gobiernos subnacionales, y no por el Gobierno central. “La propia ley establece que el Ejecutivo debe actualizar los valores fiscales cada año”, sostuvo, y reafirmó que no habrá subas de impuestos nacionales.

El pronunciamiento se dio luego de que el Poder Ejecutivo firmara el Decreto N° 5181, mediante el cual se aprueba el sistema de valoración fiscal de los inmuebles, elaborado por el Servicio Nacional de Catastro del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), que servirá como base imponible para el impuesto inmobiliario del ejercicio fiscal 2026.

Según el artículo 1 del decreto, el ajuste del 4,1% se aplica tanto a inmuebles urbanos como rurales y responde a un estudio de la inflación acumulada desde el último reajuste hasta noviembre de 2025, conforme a la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del Banco Central del Paraguay (BCP).

El documento oficial recuerda además que, de acuerdo con el artículo 179 de la Constitución Nacional y la Ley N° 125/1991, la recaudación del impuesto inmobiliario corresponde a las municipalidades, mientras que la determinación de la base imponible ha sido históricamente competencia del Servicio Nacional de Catastro.

En ese marco, el decreto señala que la actualización busca garantizar la seguridad jurídica y la continuidad de la recaudación municipal, especialmente durante el proceso de transición hacia el Registro Unificado Nacional (RUN), proveyendo a los 263 municipios del país las bases imponibles necesarias para la liquidación del tributo a partir del 1 de enero de 2026.

Desde el Ejecutivo insisten en que se trata de un ajuste técnico obligatorio por ley, vinculado a la inflación, y no de una decisión discrecional ni tampoco encubierta.

hoy.com

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