Gobierno habilita régimen especial para ponerse al día con impuestos sin recargos ni intereses
El Poder Ejecutivo puso en marcha un plan excepcional que permitirá a los contribuyentes regularizar deudas tributarias sin pagar intereses ni recargos. La medida fue adoptada a propuesta de la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT) y quedó oficializada a través del Decreto N.º 5154/2025.
El régimen estará vigente hasta el 31 de agosto de 2026 y alcanza a impuestos vencidos correspondientes a periodos mensuales cerrados hasta diciembre de 2023, así como a obligaciones anuales del ejercicio fiscal finalizado el 31 de diciembre de ese mismo año. Quienes se adhieran podrán cancelar sus compromisos sin la aplicación de intereses por mora.
El beneficio se extiende tanto a deudas ya determinadas y documentadas en Certificados de Deuda —incluso aquellas que se encuentran en etapa de cobro por parte del Ministerio de Economía y Finanzas— como a ajustes resultantes de fiscalizaciones, sumarios administrativos o recursos aún en trámite. Para acceder, el contribuyente deberá aceptar expresamente el monto total adeudado.
También podrán incorporarse al régimen los ajustes fiscales ya concluidos o en proceso, siempre que cumplan con los requisitos previstos en el decreto, lo que abre una instancia concreta para la regularización voluntaria de obligaciones pendientes con el fisco.
Los interesados deberán presentar su solicitud ante la DNIT o, según corresponda, ante la Dirección General de Abogacía del Tesoro del Ministerio de Economía y Finanzas. El trámite se realizará mediante un formulario específico que estará disponible en el sitio web de la DNIT y deberá ingresarse exclusivamente por mesa de entrada institucional.
En cuanto a las facilidades de pago, el decreto establece un anticipo mínimo del 10 % de la deuda, con financiación sin intereses. Las obligaciones de hasta 500 millones de guaraníes podrán abonarse en un máximo de 24 cuotas mensuales, mientras que aquellas que superen ese monto tendrán plazos de hasta 36 cuotas. De manera excepcional, las deudas superiores a 1.000 millones de guaraníes podrán acceder a un mayor número de cuotas, previa autorización del titular de la DNIT.
El decreto también introduce incentivos adicionales en materia sancionatoria. En casos de defraudación, se contempla un descuento del 50 % por pago anticipado de la multa, siempre que esta no sea inferior al mínimo legal y que la sanción no haya sido abonada previamente. Además, cuando exista conformidad del contribuyente en procesos de fiscalización o recursos administrativos en curso, se aplicará la sanción mínima prevista por la normativa.
Con esta disposición, el Gobierno busca aliviar la carga financiera de los contribuyentes, promover el cumplimiento voluntario y facilitar la normalización de deudas fiscales acumuladas.
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