├é┬┐Qué pasó de los 40% de royalties que deben ser destinados a víveres para la gente?
Hasta la fecha, tanto la Municipalidad de Concepción como la Gobernación, no han informado sobre la compra y distribución de kits de víveres, que debían realizar a favor de la población más vulnerable, en cumplimiento de la Ley 6.528. Dicha normativa modifica uno de los artículos de la Ley que r
Desde que fue promulgada la Ley Nº 6.528, que modifica el artículo 5º de la normativa Nº 3.984/10, que regula el uso de los royalties, ni desde la Municipalidad de Concepción, ni desde la Gobernación, se ha socializado un plan para aplicar la disposición. La modificación, que es temporal, había sido promulgada el 7 de mayo de este año, momento en que entró en vigencia.
Ambos legislativos, tanto el municipal como el departamental, tampoco han debatido seriamente sobre la cuestión hasta la fecha, aún sabiendo que las dos instituciones recibieron desembolsos de royalties y conociendo situación difícil de muchas familias a causa de la pandemia.
La modificatoria de la ley de royalties, que tendrá vigencia durante el ejercicio fiscal 2020, establece que «hasta el 40% (cuarenta por ciento) de los ingresos percibidos por las gobernaciones y municipalidades en virtud de la presente ley, deberá destinarse a compra de alimentos o kits de víveres, hasta el 40% (cuarenta por ciento) para gastos corrientes y como mínimo el 20% (veinte por ciento) restante para gastos de capital».
La normativa también dispone que «autorízase a los Gobiernos Municipales, la adquisición de kits de alimentos y víveres, mediante un procedimiento de compra directa simplificada con criterios de eficiencia y transparencia, mediante la contratación por vía de la excepción prevista en la Ley Nº 2051/2003 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS”, debiendo ser esta adquisición exclusivamente de proveedores locales y productos de industria nacional. Se considerará proveedor local a los efectos del presente artículo, a aquel cuyo establecimiento comercial o industrial se encuentre en el territorio departamental y sea contribuyente registrado del municipio correspondiente».
Según informe de la Subsecretaría de Administración Financiera, a través de la Unidad de Departamentos y Municipios, la Municipalidad de Concepción recibió hasta el mes de agosto la suma de G. 2.118.000.000, de los cuales, el 40% son G. 847.200.000.
Por su parte, de acuerdo al informe de Hacienda, la Gobernación de Concepción recibió hasta el mes de agosto las suma de G. 3.920.000.000 en concepto de royalties, cuyo 40% son G. 1.568.000.000.
Cabe aclarar que el informe de Hacienda abarca desde el mes de enero y una parte de los desembolsos habrían sido anteriores a la promulgación de la ley. De igual manera, el monto puede ser respetable y la ciudadanía merece saber cuánto exactamente recibieron ambas instituciones desde la promulgación de la ley y qué destino tuvieron los recursos.
regional660.com





